Tramitación de Exoneración de Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) (18%) en Compras Locales

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Descripción del servicio

Tramitar las solicitudes de exoneración de impuestos de importaciones que requieran las empresas activas de insumos y maquinarias para uso de los procesos productivos.

Alcance:

Empieza: Con la recepción de la solicitud de exoneración a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE) de la DGA, realizada por el empresario que es quien necesita el servicio.

Termina: Con la presentación en la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE) de la DGA el oficio de No Objeción por parte del CCDF, dirigido al Ministerio de Hacienda.

A quién va dirigido

A Empresas Activas y Acogidas a la Ley 28-01 y a las Empresas Clasificadas a la Ley 12-21.

Departamento que lo ofrece

Departamento de Control de Incentivos y Fiscalización de Empresas en la Zona Fronteriza.

Información de contacto

Tel.: (809) 475-3932 Ext. 2239
Correo: This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it.
Dirección: C/Hoja Ancha #21, Alameda Oeste, Santo Domingo Oeste, R.D.

Requerimientos o requisitos

  1. Carta de solicitud dirigida al Director Ejecutivo del Consejo de Coordinación Zona Especial de Desarrollo Fronterizo.
  2. Cheque por un valor de RD$11,500.00 (Once mil quinientos pesos), a nombre del Consejo de Coordinación Zona Especial de Desarrollo Fronterizo. El mismo puede ser un cheque de administración o cheque certificado.
  3. Formulario F-51 y recibo de pago al Ministerio de Hacienda.
  4. Anexar factura proforma o cotización reciente, en original, sellada debidamente por el proveedor. Así mismo, dicha factura proforma o cotización, deberá de tener transparentado el ITBIS y el RNC de la empresa.
  5. Copia del Certificado de Calificación de Empresa Fronteriza (Actualizado).
  6. Certificación de DGII y TSS de los proveedores de insumos, si es necesario.

Procedimientos a seguir

  1. Contabilidad del CCDF recibe de la empresa, el pago por la tramitación de la solicitud de Exoneración de ITBIS, en forma de cheque o transferencia por un valor de once mil quinientos pesos (RD$ 11,500.00).
  2. El cliente envía por correo electrónico el expediente para la revisión de la Documentación requerida para la solicitud.
  3. El Departamento de Control de Incentivos y Fiscalización revisa la solicitud y la envía a la Dirección Ejecutiva, para firma y sello del oficio de No Objeción.
  4. La Dirección Ejecutiva recibe del Departamento de Control de Incentivos y Fiscalización el expediente de solicitud generado y depurado para validación y firma de No Objeción y envía nuevamente al Departamento de Control de Incentivos y fiscalización de Empresas.
  5. El Departamento de Control de Incentivos y Fiscalización recibe de la Dirección Ejecutiva el oficio de No Objeción firmado y sellado, el mismo se envía al cliente por correo electrónico.

      FIN DEL PROCEDIMIENTO.

Horario de prestación

Lunes a Viernes 8:00 am – 4:00 pm

Costo

RD$ 11,500.00

Tiempo de realización

48 Horas laborales

Canal de Prestación

Correo Electrónico

Información adicional

Para más información, comunicarse con el Departamento correspondiente.